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jueves, 30 de agosto de 2012

México debe demostrar su voluntad para erradicar la desaparición forzada: AI





Hoy, 30 de agosto de 2012, en el marco de la conmemoración del Día Internacional del Detenido Desaparecido, Amnistía Internacional (AI) y la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) se suman a las organizaciones que llaman a las autoridades mexicanas a tomar acciones concretas que demuestren una verdadera voluntad para erradicar la desaparición forzada.


En el contexto de la actual estrategia de seguridad para combatir a la delincuencia organizada, se ha documentado que la desaparición forzada de personas ocurre en México cada vez con mayor frecuencia. Mientras tanto, las acciones tomadas hasta la fecha por el Estado Mexicano en su conjunto demuestran una falta de voluntad para erradicar la desaparición forzada.

Recientemente, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias reportó, tras su visita a México, que según organización de la sociedad civil mexicana “más de 3.000 personas habrían sido desaparecidas en el país desde el 2006.” Asimismo, las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dan cuenta del incremento sostenido que ha reflejado este crimen en los últimos años, pasando de 4 quejas en 2006 a 153 quejas por desaparición forzada en 2011. Desde el 2006, se ha registrado un total de 390 quejas por desaparición forzada, de las cuales el 71% fueron reportadas entre 2010 y 2011.


Una excusa, frecuentemente citada por varias autoridades para evitar investigar y llevar ante la justicia a los responsables es que el delito de desaparición forzada no está debidamente tipificado. Desde hace tres años la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) señaló en la sentencia del caso Radilla Pacheco la necesidad de reformar el artículo 215-A del Código Penal Federal por no contemplar una definición de desaparición forzada acorde a los estándares internacionales.


Aunado a ello, el Estado tampoco ha avanzado en reformar el art. 57 del Código de Justicia Militar que, a pesar de ya haber sido declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, sigue siendo una reforma pendiente. Asimismo, no se han visto avances significativos sobre la investigación y sanción de los responsables, ni en la determinación del paradero del Sr. Radilla.

En diciembre de 2011, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias emitió una serie de recomendaciones concretas para erradicar la desaparición forzada y garantizar el acceso a la verdad, justicia y reparación para las víctimas. A pesar de que representantes del gobierno se comprometieron a cumplir con las acciones señaladas por el Comité, a la fecha éstas no han sido cumplidas. AI y la CMDPDH consideran esencial que las distintas autoridades tomen en serio la obligación de cumplir con las recomendaciones internacionales e implementen las acciones necesarias.

Tan solo en las dos últimas semanas, la CNDH emitió dos recomendaciones por casos de desaparición forzada en donde estuvieron involucrados elementos de las Fuerzas Armadas. El 16 de agosto se emitió larecomendación 38/2012 por el caso de la tortura y desaparición forzada del joven Jethro Ramsés Sánchez Santana, en donde la Comisión Nacional acreditó que, después de haber sido arbitrariamente detenido, el joven fue torturado por elementos del 21° Batallón Militar y posteriormente, después de dejarlo inconsciente, fue trasladado al estado de Puebla para enterrarlo probablemente vivo en un paraje abandonado.

De igual manera, el 21 de agosto emitió la  recomendación 39/2012 dirigida a la Secretaría de Marina por la desaparición forzada de 6 personas en Nuevo Laredo, Tamaulipas, en junio de 2011. La recomendación de la CNDH confirma que las autoridades militares y civiles han incumplido su deber de investigar de forma imparcial y a fondo los hechos y han dejado sin recurso efectivo a los familiares de las víctimas.

La conmemoración del Día Internacional del Detenido Desaparecido, presentan una oportunidad para que las autoridades mexicanas se comprometan a tomar medidas efectivas para terminar con el ciclo de impunidad que perdura frente a la desaparición forzada en México. Es imperante que todos los casos de desaparición forzada sean debidamente investigados, asegurándose de que los procesos judiciales sean plena competencia de los tribunales civiles, de conformidad con lo establecido recientemente por la Suprema Corte de Justicia y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


Asimismo, con el fin de reforzar la protección de todas las personas contra la desaparición forzada, México debe reconocer a la brevedad la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU para conocer de casos particulares, tal como está contemplado en la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada.


Arturo Ávila Salazar
Amnistía Internacional México

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