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viernes, 28 de diciembre de 2012

México: la cruzada ciudadana contra el artículo 362





El miércoles 26 de diciembre, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la reforma del artículo 362 del Código Penal local, el cual establecía penas de prisión de cinco a 30 años por el delito de ataques a la paz pública. Los asambleístas redujeron la condena a dos a siete años de cárcel, con lo que los 14 individuos aún detenidos por los disturbios del 1 de diciembre alcanzaron fianza. Así, por la noche del jueves 27, obtuvieron su libertad.

Sin embargo, éste no es un motivo para alzar todas las campanas al vuelo. La liberación por fianza de los 14 retenidos es una victoria por un margen pírrico. Activistas y sociedad civil se pronunciaron en contra del artículo 362 buscando su derogación, debido a que se trata de un texto cuya ambigüedad se presta -como en este caso- a los abusos de la autoridad. La ALDF tomó una decisión esquiva, de conveniencia. La supresión del artículo habría significado el retiro de los cargos, mientras que la modificación permitió que salieran de prisión tras un pago de casi $142 mil pesos (financiado por dos miembros del Partido de la Revolución Democrática), pero con un proceso penal aún a cuestas.

El caso de los detenidos del 1 de diciembre ha estado plagado de irregularidades desde el inicio. El primer operativo culminó con el arresto de hasta 88 personas. Días después, el 6 de diciembre, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió un informe preliminar en el que se reportó que la policía había aprehendido a gente que se manifestaba de forma pacífica, así como personas que recababan fotografías, vídeos y audios sobre los acontecimientos. Esta información llevó a Miguel Ángel Mancera, jefe de gobierno del DF, a asumir públicamente su responsabilidad en las detenciones arbitrarias.

Así, el 9 de diciembre, la jueza María del Carmen Patricia Mora Brito ordenó poner en libertad a 55 de los 69 detenidos por los sucesos del 1 de diciembre. No obstante, era dudosa la culpabilidad de los otros 14 presos. La Liga de Abogados Primero de Diciembre -formada a raíz de los acontecimientos- ha documentado varias inconsistencias en distintos casos, como el de Rita Neri Moctezuma, una pasante de Enfermería. Otro ejemplo que ha captado la atención es el de César Llaguno, un bolero (o limpiabotas) de 22 años, sin familia, que también fue apresado por causas cuestionables. De este modo, el proceso judicial fue evidenciado como torpe y, según la óptica, hasta malintencionado.

El abogado Jesús Robles Maloof ha enumerado una serie de razones por las que se justifica la derogación del 362. El activista indica que existen al menos 32 artículos en el Código Penal del Distrito Federal que protegen "la convivencia y el patrimonio, tanto común como particular". Varias de estas figuras no fueron utilizadas, a pesar de ser aplicables. En su lugar, la frase "ataque a la paz pública" fue utilizada como un comodín a modo para mantener el proceso, junto con otros términos sin una definición clara, como "violencia extrema" o "menoscabo de la autoridad". Respecto de la modificación, Robles Maloof opinó:
El problema no se soluciona con desgravar la pena y modificar el texto como se hizo hoy en la ALDF. No se soluciona porque la vaguedad, permanece y esa indeterminación la que hace que en cualquier momento alguna autoridad pueda aplicarla contra nosotros, contra cualquiera.

La petición de derogación tuvo una recepción encontrada en la sociedad. Un sector de la opinión pública se opuso por considerarla "un cambio a modo" para favorecer a los detenidos, mientras que otro grupo ha visto la liberación de los presos como una apología del libertinaje y el vandalismo. Una muestra son las declaraciones de Federico Döring, coordinador de la fracción del Partido Acción Nacional en la ALDF, quien indicó que su partido luchó por mantener el artículo en cuestión para "no otorgar un cheque en blanco al vandalismo y a los desmanes públicos en la ciudad".

Al final, la cruzada ciudadana contra el 362 ha tenido un resultado agridulce. La libertad bajo fianza no implica exonerar a los implicados ni la interrupción del proceso. No se debe aplaudir la decisión de la Asamblea: han hecho apenas lo justo. Su decisión no cambia la arbitrariedad de las detenciones, ni las irregularidades en los procesos, ni las omisiones. Todos esos son puntos aún por aclarar. Si a alguien se debe reconocer, es a la Liga de Abogados Primero de Diciembre y a todos quienes defendieron con convicción la presunción de inocencia de los acusados. De ellos es este triunfo; incompleto, pero triunfo al fin. El capítulo no está cerrado, pero por lo pronto, este párrafo termina con 14 historias más para seguir luchando.

Por Pepe Flores
voces.huffingtonpost.com
 www.twitter.com/@padaguan

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