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viernes, 4 de julio de 2014

Con reforma energética, Iniciativa Privada pagará el mínimo de impuestos





Son varios los renglones que han llevado a que las leyes secundarias en materia energética sean probablemente aprobadas hasta el próximo periodo ordinario de sesiones, lo cual permitirá que se reafirmen los argumentos de quienes se oponen no solo a esta reglamentación sino a la reforma en su totalidad. Y si bien la oposición a la entrega del patrimonio petrolero este es uno de los puntos que ha impedido acuerdos, el otro está marcado en el análisis del galimatías de operación económica oficial con el que más que llegar a puntos claros se presenta una serie de porcentajes que deberán pagar los inversionistas en la rama que parecerían justos, pero son ridículos ya que no alcanzan un dígito, mismos que se fijan, en parte, en el volumen de extracción y producción de los hidrocarburos.

A diferencia de las secundarias en telecomunicaciones que conocerán de la total aprobación del Congreso el próximo lunes, la energética todavía está en una etapa de indefinición, lo cual contradice abiertamente lo que de manera oficial el gobierno federal se ha encargado de difundir. Esta situación también fue abordada el lunes anterior en la reunión de priistas llevada a cabo en Toluca y que encabezo el titular del Ejecutivo en un día hábil, en horario de trabajo, contraviniendo las disposiciones dictadas al respecto mismas que limitan la participación de funcionarios y gobernantes en asuntos cuyo contenido corresponda a intereses de sus organizaciones políticas.

El cambio fiscal que se anunció no consiste el liberar a Pemex de las grandes cargas tributarias actuales, sino de aplicar lo que corresponda a los nuevos inversionistas o explotadores. Destacan los ingresos que el Estado obtendrá por medio de contratos y asignaciones así como de los adicionales establecidos en la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Como se advirtió desde el principio de la discusión sobre la reforma y posteriormente de las secundarias, se deja a un solo criterio, al de Hacienda, el monto o el porcentaje que habrán de entregar como contraprestación por los contratos o asignaciones que se otorguen.

Se habla, por ejemplo, de un bono a la firma, ya sea del contrato o de la asignación pero no se establece ningún monto por lo que queda al criterio de Hacienda; se fija una cuota contractual para la fase exploratoria, siendo esta de un pago mensual de 2 mil 650 pesos por kilómetro cuadrado, eso durante 5 largos años, ya para el sexto la cuota sería de 4 mil 250 pesos. Esto, por las medidas que se presentan, se supone que será en exploraciones y explotaciones en tierra, por lo que al obtener contratos o concesiones que se midan por hectáreas –que resulta la mínima medición- la liquidación anual llegaría solo a los 427 mil pesos por la ocupación en 100 hectáreas. Esta cantidad no alcanza para comprar uno de los autos en los que se transportan los hijos de los funcionarios, es, si acaso, el costo del blindaje del que usa el servicio.

También se deja a criterio de la SHCP el monto de las regalías, ese también tendrá determinaciones a criterio muy personal. De igual forma se procede con las tasas a la utilidad operativa y a la tasa del valor contractual de los hidrocarburos. Se habla de la fase exploratoria en donde explican que habrá contratos de utilidad y producción compartida así como regalías y un tanto más denominado utilidad operativa. Como puede observarse existen grandes contradicciones ya que en una etapa de exploración no puede haber utilidades porque no hay venta y habrá que ver si se autoriza la explotación que es la base de la producción y a que le llaman compartida. La relación de derechos que tendrían que liquidar los beneficiados con estas contrataciones es muy amplia: por investigación científica y tecnológica en materia de energía; para la fiscalización petrolera; para regular y supervisar la explotación y extracción de hidrocarburos: sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización; y extraordinario para la exportación de petróleo.

Como puede observarse, parecería que existe una real protección del patrimonio y que la participación de la iniciativa privada en la explotación de estos productos, que no hay que olvidar que no son renovables, arrojaría beneficios económicos que bien aplicados generarían ingresos que fortalecerían los presupuestos y por ende los servicios que el Estado tiene la obligación de brindar de manera adecuada a sus ciudadanos. Sin embargo, y es aquí en donde el telón se cae y se descubre lo que hay en el fondo del teatro , los porcentajes para estas liquidaciones van del 0.1 al 0.9 por ciento y solo alcanza un 10 por ciento anual en el caso de las exportaciones siempre y cuando el precio exceda de los 31 dólares por barril.

Otros impuestos se calculan sobre bases tan complejas como la siguiente: se multiplica el precio contractual de los condensados por el volumen medido de conformidad con las disposiciones que, con opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita la Comisión Nacional de Hidrocarburos, en barriles en los puntos de medición, entrega o fiscalización determinados en el contrato, de los condensados extraídos en el área contractual. ¿Así o menos claro?

La aplicación de esta última fórmula va de la mano para que sean liquidados por la iniciativa privada impuestos y derechos en el Palecanal de Chicontepec, en aguas profundas y campos marginales. Y se rigen por esos ridículos porcentajes de derechos sobre extracción de hidrocarburos, especial sobre hidrocarburos y adicional sobre hidrocarburos, signifique esto lo que los señores de la SH determinen en combinación con la Comisión reguladora. Sólo falta que les acomoden el ISR que, como su porcentaje es mucho mayor al que se aplica en otros países, se vea reducido “especialmente” para quienes invertirán en este sector, lo cual significaría otra de las muchas violaciones constitucionales que tienen como argumento el empleo, el desarrollo, el progreso, aunque esto solamente esté dedicado a un puñado de funcionarios de gran poder.

Por Lilia Arellano
http://revoluciontrespuntocero.com/

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